La igualdad de oportunidades
implica una participación equilibrada de cualquier persona que forme
parte de un colectivo o sociedad en todas las esferas de la vida pública
y privada. Hoy, transcurrida la primera década del siglo XXI, la
igualdad de oportunidades sigue siendo un proceso pendiente de terminar
que debe pensarse y definirse constantemente, además de adaptarse a las
nuevas realidades sociales.
La igualdad de oportunidades es una cuestión de justicia social.
Es el germen que hay detrás de las situaciones de violencia de género o
que genera las barreras en la incorporación al mundo laboral, no sólo
por cuestión de sexo, sino también de raza, religión o, incluso por
minusvalías. Por eso, luchar por una sociedad con igualdad de oportunidades contribuye a su concepción democrática.
Para ello, uno de los primeros retos a cumplir en el de la
representatividad, además de en cuestión de paridad de género, que
incorpore y de voz a las minorías sociales.
Si la solidaridad y la justicia no son alicientes suficientes para defender la igualdad de oportunidades entonces debería de considerarse el criterio de eficacia económica
que genera el trabajo conjunto de elementos sociales diferentes y
divergentes. La incorporación al desarrollo productivo de la mujer, por
ejemplo, pero también de aquellas personas de culturas y sociedades
distintas, que se incorporan a nuestro entorno social, constituyen una
oportunidad de desarrollo económico a la que no se le pueden cerrar las
puertas en el panorama actual.
Así, definimos
el principio de igualdad de oportunidades a la garantía de toda persona
a participar en diferentes áreas dentro de su entorno de
convivencia, ya sea económica, política o de activismo social, así como
en actividades que potencian sus capacidades, principalmente la
educación, la formación profesional y el empleo, o que garantizan su
seguridad como la asistencia sanitaria o las coberturas sociales. Es
pues un concepto que se engloba en el principio de NO discriminación.
El principio de igualdad de oportunidades no debe de confundirse con la idea de pan para todos sino bajo la premisa de "todos diferentes en igualdad".
Es decir, y para explicarlo con un ejemplo, un hombre y una mujer, o un
blanco y un negro, o un católico y un musulmán, con la misma base
formativa y experiencia laboral, deberían de poder optar en igualdad de
condiciones a un puesto de trabajo determinado y, finalmente, poder
obtener el mismo salario, sin que su género, su raza o su religión sea
un impedimento subjetivo aplicado por terceros.
La discriminación por cuestión de género o raza/religión en el mercado de trabajo
son las más habituales y se producen tanto en el acceso al empleo como a
la formación necesarias o a las condiciones de seguridad laboral en el
trabajo. Esta discriminación se realiza directa o indirectamente,
atendiendo como tales a si el trato desigual atenta contra el
ordenamiento jurídico de manera evidente o, al contrario, se utilizan
subterfugios para enmascarar esta discriminación. La discriminación directa es fácilmente detectable y denunciable, además de que ya las distintas administraciones públicas ponen los mecanismos necesarios para combatir esta lacra social.
Sin embargo la discriminación indirecta está mucho más sujeta a las interpretaciones subjetivas de las personas
que componen esa misma sociedad y frente a ésta no cabe otra acción
eficaz posible que la preventiva realizada a través de la educación
desde las edades más tempranas. En estos casos se combate al propio
entramado social y cultural heredado por una comunidad. El proceso
educativo es complicado, se enfrenta a muchas reticencias individuales,
familiares y de entorno, lo que hace que su eficacia sea lenta y se
observe a largo plazo. Pero puede hacerse, si hay recursos, implicación social y determinación política.
Según mi punto de vista, para conseguir una igualdad de oportunidades equitativa debemos basarnos en primer lugar en el principio de la NO DISCRIMINACIÓN
http://blog.artecar24.com/2010/02/el-principio-de-la-igualdad-de.html
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